El Real Decreto 125/2017 publicado el pasado mes de febrero, establece nuevos requisitos técnicos y las normas de actuación que deben cumplir los centros técnicos de tacógrafos y además, define los procedimientos nacionales de autorización y supervisión para dichos centros.
Este real decreto prescribe la certificación en la Norma UNE 66102, la cual anula y sustituye a la anterior UNE 66926.
El Real Decreto 125/2017 Obliga a certificarse en UNE 66102 a partir de Mayo de 2017:
- Centros de Tacógrafos Digitales: Obligatoriedad de certificarse en UNE 66102 desde el vencimiento del certificado en UNE 66926.
- Centros de Tacógrafos Analógicos: Obligatoriedad de estar certificados en UNE 66102 desde de Noviembre de 2017.
La norma UNE 66102 integra los requisitos de la norma ISO 9001 por lo que será certificable de forma independiente a la ISO 9001 por lo que:
- Existirá un único certificado UNE 66102 sin referencias a la ISO 9001.
- Los Centros de Tacógrafos que nocontinuar con la ISO 9001, podrán adaptarse directamente a la nueva UNE 66102 y así no tendrán que adaptarse a la nueva normativa ISO 9001:2015.
- Unifica la regulación de digitales y analóexigiendo para los analógicos aquellos criterios que le son de aplicación de los digitales.
- Nuevos requisitos específicos para tacógrafos analógicos
El RD 125/2017 Obliga a:
Realizar “Auditorías a los CT cada dos años”
Realizar auditorías “técnicas sin previo aviso” a como mínimo al 10% de los Talleres autorizados.
El RD se dirige aCentros técnicos de tacógrafos, Fabricantes de vehículos y carrocerías que instalen tacógrafos en sus vehículos, estaciones de ITV, empresas certificadoras acreditadas en la norma ISO 9001 y UNE 66926 y a los representantes de órganos competentes para el otorgamiento de autorizaciones a centros técnicos de tacógrafos de comunidades autónomas.